Nuestra Organización Pericial está encaminada a ofrecer servicios de peritos expertos, con idoneidad
y profesionalismo dentro del Marco legal existente como es la Ley 1673 de 2013 que tiene por objeto regular y establecer responsabilidades
y competencias de los avaluadores en Colombia prevaleciendo los riesgos que con ello impera la actividad, también
los permisos de actividad de investigador y criminalisticos patentado por la
superintendencia de vigilancia privada, como persona Natural, situación empresarial
de experiencia mas de dieciséis años, en los estrados judiciales como Auxiliares
de la justicia colaboradores en función judicial.
Ha raíz de los
diferentes cambios señalados como el Consejo Superior de la Judicatura prevista
en la resolución No. 368 del 25 de abril de 2019 y el Acuerdo No. PCSJA
19 – 11279, Los peritos deben estar
afiliados a instituciones de competencias especializadas públicas y
privadas con reconocida trayectoria como
lo establece los Numerales 2 y 7 del Artículo
48 de la ley 1564 del 12 de julio de 2012 el código General del Proceso , los jueces u
operadores judiciales se apoyaran de esas listas especializadas como este caso
lo prevee el Decreto 556 del año 2014 emitida por la superintendencia de
industria y comercio la creación de la plataforma RAA Registro Abierto de
Avaluadores y dichas competencias estarían reguladas por una ERA Entidad
de Registro de Avaluadores en este caso el ente Autoregulador Nacional de
Avaluadores A.N.A. que fue reconocido, por parte de la SIC, mediante la Resolución
No. 20910 de 2016.
Las otras modalidades de
peritos estarían certificadas por las capacidades Académicas e instituciones en
el aspecto forense y criminalistico el instituto Nacional de Medicina Legal está
adelantando certificaciones por competencias
FUENTE: DIRECTIVO INVESTISAN & CIA SAS
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