miércoles, 20 de diciembre de 2023

20 Dic Vacancia Judicial Ley 270 de 1996 Articulo 146

Hacemos enlace informativo  #TomeNota: Según información del consejo superior de la judicatura, previendo la ley 270 de 1996 Articulo 146 reitera   La vacancia judicial iniciará a partir del miércoles 20 de diciembre de 2023 e irá hasta el miércoles 10 de enero de 2024.

No obstante, están exceptuados los siguientes despachos judiciales y dependencias administrativas del régimen individual de vacaciones:

• Juzgados Promiscuos de Familia

• Juzgados Penales Municipales

• Juzgados de Ejecución de Penas y de Medidas de Seguridad.

• Consejo Superior de la Judicatura y sus Unidades

• La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial

• Consejos Seccionales de la Judicatura y Direcciones Seccionales de Administración Judicial

Seguimos  laborando como peritos colaboradores en la función judicial, en esta época de transición de receso de vacancia judicial, con una percepción clara, concisa y veraz  a través de los dictámenes periciales, como gestión organizacional, al servicio de los operadores judiciales en Colombia

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FUENTE: DIRECTIVO INVESTISAN DICTÁMENES PERICIALES

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