La
organización Pericial #investisan, Indagando
con la Fiscalía, solamente JUDICIALIZAN a
quien se capture con arma traumáticas alteradas o municiones letales, no por
falta de permiso según trámite impuesto por el decreto 1417/21, ya que según
sentencia de la Corte Constitucional C-014/23, declaró inexequibles artículos
25 y 30 ley 2917/23 seguridad ciudadana, sobre facultad otorgada a la brigada
para marcaje, registro y permiso. Hasta el momento, puede ser que mañana se
disponga lo contrario, hasta la fecha del dia de hoy existe un limbo juridico y la determinacion del marco de laegalidad del uso , pero si es cierto que ciertos funcionarios previstos
con
este contexto normativa que expresa el doctor Escobar Jiménez Miguel, sobre las
Arnas traumáticas . nuestra organización
sigue en su proyección laboral y poder Servirles en Dictámenes periciales, con
la integralidad del proceder judicial a
nuestros Abogados, con bondad de Dios
nos guíe profesionalmente en las
estrategias Jurídicas y nuestro Aporte
profesional, de igual forma estamos
corporados con la colegiatura Colombianade peritos judicialesC.C.P.J.
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de Servicios Periciales
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FUENTE:
DIRECTIVO INVESTISAN DICTÁMENES PERICIALES
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