miércoles, 29 de septiembre de 2021

Verificación de idoneidad del Perito Judicial


Por medio de una sentencia reciente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que el dictamen pericial, entendido como el concepto de personas expertas en determinada ciencia, técnica o arte, es un elemento más de los que se vale el funcionario judicial para convencerse acerca de la realidad de los hechos del proceso y debe valorarse en conjunto con los otros elementos de prueba.

Al respecto, la Sala aseguró, en virtud del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, que para apreciar este tipo de prueba se debe considerarse la idoneidad técnica, científica y moral del perito, aspecto que incluye, además, el conocimiento práctico del tema sobre el que conceptúa.

FUENTE: (Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP29782017 (49422), Mar. 01/2017).

Como hecho relevante en el código General del proceso Artículos 226 y 227 Estipula sobre la procedencia pericial, el cual cataloga la idoneidad y profesionalismo del perito y referente a sus certificaciones  cumpliendo con la normatividad ley 1673 de 2013 y decreto reglamentario 556 de 2014 

FUENTE: ANALISIS  EDICION   DIRECTIVO INVESTISADICTÁMENES PERICIALES 


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