lunes, 6 de mayo de 2024

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Nuestra organización pericial #investisan  Tiene una trayectoria  de  veintiuno  (21)  años al  servicio, como peritos investigadores y avaluadores colaboradores en la función judicial,  sobre los criterios  en procedimiento  investigación criminal, como auxiliares de lajusticia, como  normativa e   interpretativa por  el operador judicial,  dentro del procedimiento legal existente,   en el marco del sistema penal acusatorio colombiano, en el artículo 380 del Código deProcedimiento Penal, Ley 906 de 2004, determinó todos los medios de prueba, como  en la jurisdiccion civil  en la ley  1564 de 2012 código general del proceso ART.226 prueba pericial  se deben apreciar en conjunto, señalando para cada jurisdicción la  prueba  de unos criterios de valoración  bien definidos, los cuales se  estableció de manera expresa  el mismo código del sistema penal acusatorio  906 de 2004  en el artículo 420, donde expresa los parámetros  de valoración de la prueba pericial (idoneidad técnico científica y moral del perito, claridad y exactitud de sus respuestas, comportamiento al responder, grado de aceptación de los principios científicos, técnicos o artísticos e instrumentos utilizados sus análisis y consistencia del conjunto de respuestas, y es por ello que para entender el alcance de los criterios de valoración de la prueba pericial, en concordancia con el contenido del artículo 420, se hace necesario revisar primero los modelos y sistemas de valoración, así como los estándares y las credenciales de la prueba en general para luego analizar los criterios de valoración de la prueba pericial, en el sistema penal acusatorio colombiano y tener en cuenta que la valoración de la prueba debe ser el núcleo de toda decisión judicial.

Dentro de los logros registrados: Acreditación de Auxiliar de la justicia colaborador en función judicial según Acuerdo PCSJA 21-11854 y 11862 de 2021 de Síndicos Y Administradores de Bienes, por el Consejo Superior de la Judicatura,  Registrado en las  Direcciones ejecutivas seccionales de administración judicial  de DESAJ-Bogotá-Cundinamarca-Amazonas y  DESAJTUR  Tunja, santa rosa de Viterbo y Yopal,  de igual forma peritos  del contencioso administrativo según acuerdo RESOLUCION No. URNAR23-246  y ostentamos el  Cargo  de Presidente de la colegiatura colombiana de peritos judiciales "C.C.P.J.

Seguimos  laborando como peritos colaboradores en la función judicial    con una percepción clara, concisa y veraz  a través de los dictámenes periciales, como gestión organizacional, al servicio de los operadores  de la Rama Judicial 

Por otro lado esperamos Servirles en Dictámenes periciales, con la integralidad  del proceder judicial a nuestros Abogados, con bondad de  Dios nos guíe profesionalmente  en las estrategias Jurídicas y  nuestro Aporte profesional 

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 FUENTE: DIRECTIVO INVESTISAN DICTÁMENES PERICIALES

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